Ya puedes respirar tranquilo, a partir de hoy la grúa no podrá infraccionarte si vives en CDMX

Ya puedes respirar tranquilo, a partir de hoy la grúa no podrá infraccionarte si vives en CDMX
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Hace algunas horas, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera informó que a partir de hoy viernes, las grúas ya no podrán infraccionar en CDMX y que su papel se enfocará exclusivamente en brindar apoyo vial. Sólo podrán remolcar autos en ausencia del conductor.

“Lo que no podrá suceder es que las grúas lleguen, te enganchen, les pagues la multa o te exijan el pago de la multa”,** informó el Jefe de Gobierno**.

En este tenor, la Secretaria de Seguridad Pública de la Ciudad de México creó un Centro de Atención para la Sanción al Estacionamiento Prohibido, en donde serán publicados los lineamientos que deberán seguir las autoridades encargadas de la operación de grúas, así como los casos en los cuales se podrá sancionar y las reglas para llevar al corralón los autos cuyos conductores falten al reglamento.

Parte de estos cambios contempla la creación de una App móvil mediante la cual los automovilistas podrán solicitar el servicio de grúas o bien monitorear el traslado del vehículo al depósito. Las nuevas disposiciones contemplan los siguientes puntos:

  • Los traslados de vehículos a los depósitos serán exclusivamente por una solicitud ciudadana y se utilizará siempre el accesorio denominado Dolly para evitar daños a las unidades.

  • Sólo podrán ser trasladados los autos al depósito en ausencia del conductor.

También el reglamento fue modificado

Gruas ya no podrán infraccionar en CDMX

El día de hoy se publicaron las modificaciones a los artículos 11, 30, 38 y 40 del Reglamento de Tránsito, que hasta el día de hoy eran motivo de remisión al corralón:

Detener su vehículo invadiendo los cruces peatonales marcados en el pavimento.

Circular sobre aceras o cualquier otro tipo de vías peatonales. Dar vuelta en “U” cerca de una curva y donde el señalamiento restrictivo expresamente lo prohíba.

Estacionar cualquier vehículo sobre vías peatonales, especialmente banquetas y cruces peatonales

Estacionar cualquier vehículo en las vías primarias

Estacionar cualquier vehículo sobre o debajo de cualquier puente o estructura elevada de una vía pública o en el interior de un túnel.

Gruas ya no podrán infraccionar en CDMX

Estacionar cualquier vehículo en el costado izquierdo de la vía cuando existan camellones centrales, laterales o islas, así como en las glorietas, salvo que este permitido.

Estacionar cualquier vehículo en áreas de circulación, accesos y salidas de estaciones y terminales del transporte público colectivo, sitios de taxi, así como en zonas de ascenso y descenso de pasaje de transporte público.

Estacionar cualquier vehículo frente a establecimientos bancarios, hidrantes para uso de los bomberos, entradas y salidas de vehículos de emergencia, entradas o salidas de estacionamientos públicos y gasolineras.

Estacionar cualquier vehículo en batería, con excepción de bicicletas y motocicletas o que un señalamiento así lo permita.

En Motorpasión México | Video: Karma instantáneo, porque hay sanciones que van más allá de una multa y corralón

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